Pacto reconstituyente o crisis destituyente

Por Camilo Gonzalez Posso

Colombia: Pacto Reconstituyente o crisis destituyente

Camilo González Posso[1]

Vivimos en el mundo un periodo de crisis multiforme y de redefiniciones de poder que probablemente van a marcar toda esta década que muchos llaman de tránsito a una nueva normalidad post pandemia. Es en ese contexto global que se han desatado las protestas e insubordinación social en Colombia como en muchos países.  

La pandemia agravó viejas crisis y desencadenó otras en una coyuntura de grandes fracturas acentuadas en Colombia por la confrontación propia de la situación post acuerdo de paz. En la búsqueda de respuestas se ha mostrado urgente considerar todas las dimensiones de esta fase en la que lo más visible es la emergencia sanitaria frente al COVID 19, la depresión económica, la catástrofe social con impacto mayor en los más pobres y vulnerados, el fracaso de las recetas neoliberales, la polarización entre la insubordinación y la imposición de tiranías y regímenes de excepción autoritarios para reprimir el descontento y manejar el miedo ante la pandemia.

La pandemia del COVID 19 llevó a los centros de poder, incluida la Organización Mundial de la Salud, a definir el cierre total o parcial de fronteras y a medidas de bioseguridad que incluyeron desde febrero de 2020 cuarentenas en todos los países con parálisis de la mayoría de las actividades sociales y económicas. No obstante, algunas resistencias a seguir el modelo de enclaustramiento, se fue imponiendo la idea de disminuir la velocidad de contagio con medidas de distanciamiento social que incluyeron cierre de centros educativos, trabajo en casa sobre todo en el sector público, confinamiento de familias y zonas poblacionales con indicadores altos de contagio, dotación de hospitales de insumos y unidades de cuidados intensivos y demás medidas de autocuidado.

El impacto de esta parálisis socio económica fue mayor en Colombia que en otros países de similar configuración pues ocurrió en proporción a las bajas capacidades y reservas del Estado, al peso dominante del trabajo independiente precario y de la informalidad, a las características mercantiles del sistema sanitario y a la depredadora capacidad de disputa de rentas y de posiciones institucionales por parte de los mas poderosos de la economía y la política.

En Colombia, como en otros países, la aplicación del modelo neoliberal ha llegado a un estadio de inestabilidad y de crisis recurrentes, con sobre endeudamiento del Estado, déficit creciente en la balanza de pagos y en la balanza comercial, dependencia en el 85% de las exportaciones primarias – minero energéticas y de cuatro productos agrícolas con bajo valor agregado -.

La captura del Estado por las grandes corporaciones locales y sus aliados multinacionales se ha convertido en variable decisiva de la acumulación, concentración de la riqueza y transformación de Colombia en uno de los países más inequitativos del mundo y el segundo en el continente.

Las políticas macroeconómicas, la tributación y la contratación pública se han puesto al servicio del sector financiero y de los oligopolios, llegando a la privatización y tercerización de lo público y a la precarización del trabajo a todos los niveles, incluido el técnico y profesional.

La economía campesina y la industria manufactura siguen siendo asfixiadas por los tratados asimétricos llamados de libre comercio; mientras que la propiedad colectiva y ambiental siguen sometidas a la disputa violenta de territorios para entregarlos a megaproyectos.  

La pandemia fue abordada por el gobierno reforzando el modelo clásico de respuesta pasiva a la enfermedad o al riesgo de contagio. Durante el 2020 la gestión sanitaria frente al COVID 19 fue rutinaria, lenta y mediada por agentes tramitadores de insumos y atención de urgencias. La respuesta del Estado quedó prisionera del sistema dominado por las EPS y la reacción de Unidades de Cuidados Intensivos. No se mostró capacidad alguna para replantear la política pública de modo que se le diera importancia a la prevención atendiendo la emergencia en seguridad alimentaria y con estrategias territoriales de salud comunitaria, familiar y ambiental. Y para completar, a finales de 2020 e inicio del 2021, el gobierno fue negligente en la programación de compra de vacunas y permitió que se generaran sobre costos y demoras para lograr niveles adecuados de vacunación a los diversos grupos poblacionales y a las regiones con situaciones criticas.

Son conocidos los indicadores de la depresión económica y el colapso social[2]. También son conocidos los indicadores de aumento de la desigualdad y del apoyo gubernamental para el logro de utilidades exorbitantes del sector financiero y de las grandes empresas durante la pandemia. Se ha documentado ampliamente el abuso de la fuerza policial y de la persistencia de violencias permitidas por omisión de acciones desde el gobierno y aplicación de políticas de guerra en lugar de la implementación de los acuerdos y de nuevas políticas de construcción de paz. Incluso se han llenado las redes de información sobre la interrelación del origen de esta pandemia, como de epidemias que le antecedieron, con el choque de la actual civilización y la vida en el planeta, el choque de la expansión acelerada de los sistemas humanos a costa de los ecosistemas y los sistemas de otros seres vivos que son desterrados y sometidos a la extinción.

A pesar de tanta información son frecuentes los análisis parciales que tienden a reducir las características de la crisis, la explosión e insubordinación social a unos pocos elementos sin ver el conjunto, ni la multiplicidad de componentes, ni el contexto global.

Ejemplo de esa simplificación es la definición de la situación como crisis social reducida al hambre y a las condiciones de empobrecimiento. Quienes se quedan en ese enunciado buscan las respuestas o soluciones en planes de alivio inmediato. Otros dicen que se trata de una explosión de la juventud encabezada por lo que peyorativamente llaman los NINI – NI, ni trabajo ni empleo, ni futuro. Sobrevaloran protagonismos importantes como el de la Primera Línea y oscurecen el sentido antisistema de la movilización social y política de millones de jóvenes en las jornadas del Paro Nacional. Desde esta visión minimalista, a veces muy conveniente para la cooptación, la alternativa la buscan en mini planes de empleo y educación para los jóvenes. También están los enfoques que se reducen a la indignación ciudadana por los abusos de la policía y graves violaciones a los derechos humanos.

A ninguna de estas aproximaciones les faltan argumentos en la defensa de su parcela, pero se quedan a mitad de camino si no la entienden como parte de una totalidad en la cual la reivindicación particular tiene significado, existencia y posibilidad de solución[3].

Por otra parte, el reduccionismo lleva a una lectura rutinaria y cuantitativa de las protestas sin comprender el significado de la ruptura histórica que se ha producido por la revolución de conciencia para toda una generación que encontró nuevos caminos para rechazar no solo las manifestaciones lesivas del sistema local y global sino para darse la oportunidad de pasar, desde y con las resistencias, a la utopía posible, a la visión de otra forma de vivir en sociedad.

Muchas de las simplificaciones, e incluso la unión de simplificaciones, tienden a buscar programas y consensos mínimos sectoriales y llaman al pragmatismo para presentar reivindicaciones y propuestas supuestamente viables que dejan para después los asuntos políticos y económicos que conllevan antagonismos, fuertes oposiciones o que suponen ruptura de sistemas.

Propuestas de pacto social

En medio del paro nacional se han presentado propuestas de construcción de un nuevo pacto nacional y también de pactos parciales para promover algunas reformas. Unos ponen el énfasis en los contenidos del pacto y otros incluyen además los procedimientos para alcanzarlo.

Considerando primero los procedimientos del pacto la lista de propuestas ha incluido la realización de una consulta popular en noviembre de 2021 o en fecha distinta a las elecciones en el año 2022, la inclusión de papeleta en las elecciones a consejos de juventud, de papeleta de mandato en las elecciones de marzo de 2022, convocatoria a un proceso Reconstituyente, con o sin asamblea constitucional.

Al mismo tiempo se han propuesto leyes que buscan responder a las exigencias del Pliego Nacional de Emergencia presentado por el Comité Nacional de Paro. Y en otro terreno se promueven pactos populares democráticos sustentados en asambleas locales y regionales por fuera de mecanismos electorales.

 

 

La opción legislativa, la primera prueba post paro

El Comité Nacional de Paro decidió en junio de 2021 cambiar la estrategia del paro indefinido por las convocatorias escalonadas a jornadas de movilización para exigir respuestas del gobierno en mesas sectoriales o regionales de diálogo y para respaldar un paquete de leyes a ser tramitas en el Congreso de la República en las últimas legislaturas del cuatrienio o a partir de agosto de 2022.

Ese paquete de leyes fue anunciado el 20 de julio y su tramite depende de acuerdos con los congresistas independientes, de oposición con el concurso de senadores y representantes de los otros partidos que se diferencian en algunos temas de sus propias bancadas. El primer grupo de iniciativas legislativas incluye 10 proyectos,

  1. Renta básica de emergencia. Crea una renta básica de emergencia de un salario mínimo mensual legal vigente por 12 meses para 7,5 millones de hogares que se encuentran en la pobreza y que han sido especialmente afectados por la crisis económica que vive el país. Dicha Renta Básica de emergencia cuenta con enfoque de género y con medidas de veeduría y participación ciudadana.
  2. Matricula cero en educación superior. Garantiza la gratuidad universal de la educación superior en todo el país para acceder a los programas de pregrado y posgrado en todas sus modalidades y propone que se disponga nuevos recursos del presupuesto general de la nación para su financiación.
  3. Fortalecimiento de la red pública de salud y dignificación y formalización laboral para enfrentar la pandemia. Establece medidas para resolver de manera inmediata a la problemática de desfinanciación de la red pública de salud, la formalización laboral y atención a la salud mental de trabajadores del sector.
  4. Apoyos para reactivación económica de las mipyme y la generación de empleo. Amplia los apoyos en subsidios y créditos para las micro y pequeñas empresas, así como mejorar y crear diversas medidas para la generación y sostenimiento de empleos y así contribuir en la reducción del desempleo que ha dejado el COVID.
  5. Apoyos para la reactivación del sector agropecuario. Mejora las medidas de financiamiento para la reactivación del sector agropecuario, alivios financieros adicionales para deudores del sector agropecuario, créditos de emergencia para la reactivación del sector, y establecimiento de un fondo para la estabilización de los precios de los productos agropecuarios.
  6. Derogatoria del decreto 1174 de 2020 sobre piso de protección social. Deroga el decreto 1174 de 2020 que reglamenta el acceso y operación del Piso de Protección Social para aquellas personas que mensualmente perciban ingresos inferiores a un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, con el propósito de establecer un marco normativo del piso de protección social conforme a los convenios de la OIT.
  7. Acciones promoción, prevención y capacitación para luchar contra las violencias basadas en el género. Fortalece e integra las entidades nacionales encargadas de generar las acciones de promoción, prevención y capacitación para luchar contra las violencias basadas en el género, asignar presupuestos pertinentes, crear un programa nacional de atención, un protocolo de atención a las violencias basadas en el género, entre otros temas relacionados.
  8. Garantías para el ejercicio del derecho a la protesta pacífica. Regula, por ley estatutaria, los principios, garantías, obligaciones y mecanismos para garantizar el derecho fundamental a la protesta pacífica a la luz de los estándares internacionales que regulan la materia y que hacen parte del bloque constitucionalidad. El proyecto da cumplimiento a lo establecido en el punto 2.2 del Acuerdo Final para la terminación del conflicto armado, a las recientes recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a las órdenes de la Corte Suprema de Justicia en su sentencia 7641 de 2020 y a las sentencias de la Corte Constitucional en la materia.
  9. Reforma al estatuto de juventud (ley 1622 de 2013), para hacer más efectiva e incentivar la participación política de la juventud Hace más efectiva e incentiva la participación política de la juventud mediante la modificación de la ley 1622 de 2013 que creó el Estatuto de Juventud. Se robustece la figura de los Consejos de Juventud otorgándoles un carácter vinculante en relación con las políticas de juventud, otorga incentivos a la participación política de la juventud y fomenta espacios de diálogo que permitirán la construcción de políticas más cercanas a la juventud y la ciudadanía.
  10. Reforma a la policía. En varias iniciativas, congresistas han recogido las exigencias de reformas a la Policía, que van desde el desmonte del ESMAD, la renovación y cambio de la doctrina basada en la garantía de los derechos humanos el traslado de la Policía Nacional al Ministerio del Interior, la reforma al sistema de ascensos, el juzgamiento por la justicia ordinaria de los delitos cometidos por la Policía. Reformas todas dirigidas fortalecer el carácter civil de la policía nacional modificando y estableciendo lineamientos claros en el uso de la fuerza en las protestas, parámetros de identificación, fortaleciendo la participación ciudadana y la veeduría sobre la misma.

Además, en la misma línea se han presentado proyectos de reforma tributaria que se discuten al tiempo con la propuesta entregada por el gobierno el pasado 20 de julio. Y, aunque en el Comité de Paro no le dieron prioridad, otros sectores apoyan el tramite de proyectos en temas estrechamente vinculados con  la implementación de los acuerdos de paz en materia rural, electoral y de asignación de partidas en el presupuesto 2022; están también los proyectos  ambientales antifracking, sobre derechos étnicos, en defensa de la consulta previa y de la regulación relativa a la coca y al cannabis de uso adulto.

La suerte del pliego nacional del Comité de Paro quedó en 2021 en manos de un Congreso de mayoría oficialista, dedicado a cuidar intereses particulares y a la campaña  electoral.

La estrategia del Comité Nacional de Paro de trasladar el centro de atención sobre las demandas sociales al debate parlamentario, condujo a corroborar el bloqueo impuesto por el régimen y los partidos de la coalición de gobierno a toda exigencia que altere el modelo neoliberal de reparto de beneficios y poderes. Después de muchos debates en el Senado y Cámara, de plantones y audiencias en las cuales tienen voz los voceros del paro y hasta de la protesta radical, la controversia se desplaza a las urnas y a las calles.

Respuestas del gobierno

Preocupado por el desprestigio de su gobierno y por los altos costos para los partidos que lo sostienen, el presidente Duque presentó varias iniciativas, entre las cuales sobresalió la reforma tributaria 4. No es una reforma estructural como la que recomendó la misión tributaria nombrada por Duque en 2019, ni otro paquete al estilo del que detonó el levantamiento en marzo de 2021 que incluía aumento del IVA para bienes de consumo familiar, exenciones a las empresas, ampliación de la base tributaria y de impuestos de renta a ingresos de los asalariados e independientes, entre otras.

Se proyectó en el segundo semestre de 2021 una pequeña reforma para recaudar 15,2 billones de pesos procedentes de detener el regalo de 5% del impuesto a la renta de empresas que estaba previsto en la reforma de 2019 de modo que esa tasa será del 35%; las grandes empresas ya habían logrado una rebaja desde 40% en 2017 a 37% en 2018. Se mantiene el retorno a los empresarios del 50% del ICA postergando el retorno total y se mantiene la sobretasa del 3% (algunos proponen 4%) a las grandes entidades financieras que tanto han acumulado en medio de la pandemia. En cambio se les promete mantener las demás gangas otorgadas en las reformas de 2018 y 2019 y se atiende a la propuesta de la ANDI de vender ISA Intercolombia al sector privado, abriendo la puerta a la privatización de otros activos del Estado. Las pequeñas y medianas empresas serán gravadas al mismo nivel que las más grandes.[4]  

En 2020 el Ingreso Solidario transfirió 4,3 billones de pesos a 3,1 millones de hogares, lo que sin descontar gastos de tramite y costos bancarios, significa aproximadamente $80.000 mensuales por familia. Además se hicieron 5 giros adicionales a Familias en Acción,  nueve adicionales a los vinculados al programa adulto mayor y devolución del IVA a 300.000 familias en pobreza extrema. (Minhacienda, 2021)

Con la nueva reforma tributaria el gobierno se propuso ampliar a 4.1 millones los hogares que reciben el Ingreso Seguro hasta junio de 2022. Se mantienen las transferencias o subsidios a cerca de 3 millones de beneficiarios de los viejos programas Familias en Acción, Jóvenes en Acción, Colombia Mayor y hasta 2023 la matricula cero en universidades públicas. Este paquete de transferencias supone un aumento  en 2022 de 30% de los recursos presupuestales que tenían en 2020.

El otro componente importante de la asignación de los nuevos recursos se destina a la reactivación económica de las empresas más vulneradas en la crisis de 2020 y al estimulo del empleo, incluido lo relativo empleo joven que viene desde 2018.

Esa reforma tributaria 2021 ha sido contrastada con la que impulsó el gobierno en 2019 cuando pretendió profundizar el modelo de concentración de capital, beneficios y subsidios públicos a las grandes corporaciones y grupos financieros como el motor de la economía y de la respuesta a la depresión económica y social. Es una reforma pírrica que no supera el 5% del total del presupuesto nacional en 2022, que significa una pausa de un año en las políticas ortodoxas y contraccionistas, pero deja en firme exenciones y menores impuestos a la renta de las empresas, menor IVA a importaciones de bienes de capital y otros beneficios diseñados desde 2018 y en la reforma que tumbó el paro nacional.

Se trata de una respuesta insuficiente ante la magnitud de la crisis que en el mejor de los casos contrarrestará en 2022 la caída en la pobreza al 10% de los empobrecidos durante la pandemia, si proyectamos los cálculos de impacto mencionados en la exposición de motivos entregada por el gobierno el 20 de julio de 2021. (Minhacienda, 2021)

En materia de empleo e ingresos la respuesta de la gente ha sido retomar progresivamente las actividades económicas, asumir los riesgos de la pandemia y volver al trabajo informal, del rebusque y de micronegocios. En lo que se refiere a las 500.000 pequeñas empresas quebradas en la crisis 2020 – 2021 la recuperación ha sido lenta y para centenares de miles inalcanzable. Y lo mismo ocurre en la pequeña producción rural, campesina y étnica, que se ha replegado a la subsistencia mínima con gran dificultad para llevar excedentes a los mercados locales o de exportación.

Ante esta situación, la continuidad de los programas de apoyo a las empresas, tal como lo ha planteado el gobierno, sigue siendo marginal para la mayoría que queda excluida de los apoyos para pago de nómina. La vinculación de nuevos trabajadores, incluidos los jóvenes, es una posibilidad subordinada a la recuperación de la demanda y por lo mismo su efecto inmediato en 2021 y 2022 es mínimo.

En otros temas críticos la respuesta del gobierno ha comenzado por reafirmar sus estrategias de seguridad enfocadas en lo que define como una nueva guerra y algunos de sus aliados llaman a que en el próximo cuatrienio se ganen  las guerras que faltan, como dijo el precandidato conservador Juan Carlos Echeverri.[5] Con ese enfoque los sectores uribistas promueven reformas a la Jurisdicción Especial para la Paz, políticas antidroga en contravía de los acuerdos de paz, reformas para permitir que la procuraduría haga de fiscal y juez y pueda destituir a funcionarios de elección popular. Se le da vía libre a la contratación clientelista desde la Registraduría y a la injerencia corrupta de la Comisión Nacional Electoral en los resultados electorales. (Novoa, 2019)[6]

La reforma a la Policía y las iniciativas de regulación de la protesta son otras muestras del continuismo. En esa línea esta la creación de un Viceministerio en el Ministerio de Defensa. El gobierno no atiende las demandas desde el Paro de disolver el EDMAD y prohibir el uso de armas en las actividades policiales de seguridad ciudadana, de sancionar a los responsables de connivencia con civiles armados, de detenciones arbitrarias y secretas con eventos de desaparición forzada y todo abuso en el uso de la fuerza. Tampoco atiende  las recomendaciones de la CIDH sobre separación de la Policía Nacional del Ministerio de Defensa, ni la adopción de nuevas medidas para la garantía al derecho a la protesta y la no criminalización y represión de bloqueos y cortes de vías que pueden ser controlados mediante el diálogo con los manifestantes.(CIDH, 2021). El fortalecimiento de la capacitación en derechos humanos y la introducción de controles y seguimiento que plantea la reforma presentada por el gobierno el 20 de julio de 2021, van en una buena dirección, pero requieren un revolcón a fondo anticorrupción y en las acciones de control interno y competencia de la justicia ordinaria. (Duque, 2021)

La agenda de garantías de seguridad definida en los acuerdos de paz no figura entre las prioridades del gobierno, ni la adopción de políticas y planes de acción para afrontar la violencia persistente contra comunidades y líderes sociales, con asesinatos y agresiones que atentan contra la paz y la vigencia de los derechos humanos.

Con la ayuda de un Congreso de la República asediado por la narco política y las mafias, presidido en su última legislatura de 2021 por alfiles de grupos respaldados por negocios ilícitos, el gobierno y su partido le cierran el paso a las pretensiones desde la ciudadanía de reformas democráticas y de respuestas estructurales a la crisis social y política.

Pacto social y Consulta Popular

Desde la Minga étnica y popular se ha planteado un pacto por la vida, democracia, paz y territorio que ha tenido varias formulaciones en los últimos años. Desde 2020 se conoció el llamamiento al pacto por la vida y la paz desde el Pacífico y el Sur Occidente. En medio del Paro Nacional importantes organizaciones han promovido la construcción de un “pacto por un mejor país” y han tomado como base la convocatoria realizada por varias universidades a una Convergencia por Colombia para construir un pacto social. A esta idea se han sumado los ambientalistas que impulsan la Agenda 2021 – 2030. (Pacto por la Vida, 2021)

Lo novedoso como posibilidad de nuevas dimensiones de la movilización social ha sido la articulación de esa propuesta de pacto con la iniciativa de una Consulta Popular para someter a votación ciudadana 10 mandatos clave que resuman las demandas. Esa iniciativa ha sido considerada por el exprocurador Fernando Carrillo Flórez y también por el Consejo Regional Indígena del Cauca y otras organizaciones de la Minga Nacional Social y Comunitaria, tal como lo expresa el llamamiento divulgado el 20 de julio de 2021.

Los temas planteados desde el pacto, son los siguientes:

1. Un pacto fiscal que garantice un desarrollo económico y social incluyente.

2. Derecho a la salud y sistema de salud, que garanticen el acceso universal, equitativo y de calidad a la salud pública colectiva e individual como derecho (más allá de los mecanismos de mercado).

3. Fortalecimiento de la democracia e implementación plena de la Constitución de 1991 como conquista democrática, garantizando efectivamente la separación de poderes y la autonomía de los órganos de control.

4. Implementación plena de los Acuerdos de Paz como avance necesario de convivencia, garantizando el derecho a la paz y la protección de la vida de líderes y lideresas sociales y reincorporados.

5. Garantías para la protesta social y reestructuración a la fuerza pública, implementando mecanismos sociales, legales e institucionales para garantizar el respeto a la vida, la dignidad y los demás derechos humanos, la prevención del uso desproporcionado y arbitrario de la fuerza, así como la protección de los bienes públicos, privados y colectivos.

6. Derecho a la educación y acceso equitativo al conocimiento que garantice una educación diferenciada universal, intercultural y de calidad, para todos.

7. Garantías para el empoderamiento de los jóvenes para una transformación en el ejercicio de poder y desarrollos de iniciativas de redes de acción intergeneracional. “Relevo Generacional”

8. Derechos Humanos del Campesinado y las garantías para la participación directa en el diseño de las políticas agrarias y adopción de la Declaración Universal de los derechos Humanos.

9. Creación de la comisión mixta permanente, mediante decreto, como la ruta y metodología de participación directa del campesinado, en el proceso de diseño y construcción de la política (Art 253 de la ley de 1955 del 2019-PND).

10. Participación social y comunitaria, para que dentro de los acuerdos nacionales se garanticen las condiciones y escenarios de participación de las organizaciones movilizadas en el tratamiento de las problemáticas del pliego del paro que más nos competen.

Concluye la declaración señalando que,

En el encuentro con personas del sector académico y algunos ex constituyentes, hemos encontrado que el mecanismo constitucional de la “consulta popular”, es el adecuado para garantizar una participación de todos los colombianos y colombianas en la definición del “Pacto hacia la construcción de un mejor país”, de manera que genere mandatos en torno al mismo y una dinámica social, institucional y sectorial que lo convierta en un hecho histórico en el país.(Minga, 2021).

Como señalaron los promotores, es clave traducir los temas identificados en las preguntas muy concretas que requiere la Consulta. Ese ejercicio de síntesis requiere el consenso de las organizaciones y personas que integran y respaldan el comité promotor y tiene el reto de mantener el contenido transformador señalado por una insubordinación social que ha puesto en cuestión pilares centrales de la política económica y social, del régimen autoritario y sus estrategias represivas y de guerra.

En estos procesos participativos, como lo experimentamos en la elaboración de la Séptima Papeleta en 1990, en el Mandato Ciudadano por la Paz en 1997 y en la iniciativa de Referendo por el derecho fundamental al agua (2009), el reto es lograr la más amplia alianza sin minimizar el contenido de los mandatos.

La ruta de una Consulta Popular esta definida en la Ley Estatutaria 1757 de 2015, con sus 11 pasos que pueden durar hasta 13 meses desde la inscripción en la Registraduría Nacional del Estado Civil hasta el día de votación, que no puede coincidir con un día de elecciones. Sin contar el tiempo de recolección de cerca de 2 millones de firmas, el lapso mínimo es de siete meses que incluye tiempos de entrega de formularios (15 días),  verificación de firmas (45 días), concepto del Senado (30 días), revisión constitucional (45 días), plazo después de concepto del senado para la fecha de votación (90 días).[7] (Congreso, 2015).

Según la mencionada ley 1757 de 2015, para que se considere aprobada la Consulta popular se requiere que la pregunta sometida al pueblo haya obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral. Según el registro electoral a finales de 2021, deben votar en la consulta más de 13 millones de ciudadanos y la pregunta para ser aprobada requiere la mitas más uno de esos votantes, es decir más de 6,5 millones.

Además se entiende que las preguntas que pasen el umbral y estén formuladas como reforma legal deben ser implementadas por vía administrativa. Si son formuladas en términos generales obligan al trámite de una ley.

Las experiencias de iniciativa ciudadana de Consulta Popular han mostrado la  posibilidad para movilizar y organizar a sectores de la población e incidir en las esferas de los partidos políticos y el Congreso de la República.

La consulta  contra la corrupción realizada en 2018 dejó en este plano lecciones notables comenzando por el impacto de la campaña en la conciencia colectiva. En el otro lado exigió 18 meses de campaña y vueltas para pasar los filtros y umbrales que imponen las maquinarias políticas, los contradictores en el régimen y la propia regulación legal. A la postre no pasó el umbral a pesar de la extraordinaria votación y el balance es pobre en transformaciones institucionales anticorrupción y rico en proyección política de los promotores y en propaganda a las exigencias.

Una Consulta reducida a paliativos de corto plazo, además de incierta, es un desgaste de fuerzas para los sectores movilizados y un camino de cooptación por el régimen. Para que tenga sentido realmente transformador o al menos como un paso adelante en la construcción del poder social Reconstituyente y contra el régimen autoritario, corrupto y de inequidad, debe incorporar las exigencias centrales de la movilización.[8]

 

Otra papeleta en las urnas

Durante el Paro Nacional y en los meses de repliegue después del 28 de junio, se han escuchado otras propuestas para darle proyección a la movilización en procesos electorales

Algunos de los grupos de la Primera Línea han propuesto meter en las urnas una papeleta que exija la disolución del ESMAD y la reparación a todas las víctimas de abusos policiales durante el Paro Nacional.

El gobierno nacional por su lado lanzó desde mayo la convocatoria a lo que llamó el Pacto Joven y promovió  eventos de diálogo sobre demandas en empleo y educación. Como parte de ese pacto el gobierno también propuso fortalecer los Consejos de Juventud como instrumentos para canalizar propuestas de la juventud en los municipios. En la misma línea la alcaldesa de Bogotá, Claudia López Hernández, propuso impulsar una papeleta para ser introducida en las elecciones de Consejos de Juventud convocadas para  noviembre de 2021. Sería una papeleta indicativa de exigencias mínimas con posibilidad de convertirse en referente para la toma de decisiones en políticas públicas y planes de inversión. El no haber surgido desde abajo, desde la movilización y de las expresiones disruptivas de la inconformidad, le restan convocatoria a estas propuestas de Pacto Joven y de papeleta simbólica.

Estas iniciativas buscan canalizar la inconformidad juvenil en acciones pacíficas, pero ofrecen un mecanismo solo simbólico, no vinculante. Y además, el objetivo de normalización sin cambios esenciales tiene el supuesto de que los grandes problemas de la economía, la política, la paz, el ambiente, el patriarcado, la diversidad, la cultura y la garantía de derechos políticos no están en el centro de la agenda de los jóvenes en Colombia.

En toda esta búsqueda de alternativas o de acciones complementarias, se ha considerado también promover en las elecciones de marzo de 2022, una papeleta al estilo de la Séptima Papelera que sin permiso se metió en las urnas en 1990 y fue decisiva para el proceso constituyente aunque la Registraduría no la contabilizó. Fue un hecho político antisistema en medio de un levantamiento democrático contra la violencia, las mafias narcotraficantes y por la paz.

En 2022 sería la Tercera Papeleta por un nuevo país, que se invitaría a meter en las urnas junto con el voto por listas de Senado de la República y Cámara de Representantes. Con la Tercera Papeleta se respaldaría el pacto por un mejor país, los pliegos del paro y las reformas incluidas en la consulta y en las iniciativas del Comité Nacional de Paro. Simultáneamente se pueden promover pactos en las regiones y a nivel nacional para que los candidatos al Congreso de la República y a la presidencia incluyan en sus programas los mandatos de la Tercera Papeleta.

Esta papeleta podría tener mayor alcance si se logra un acuerdo político y social que obligue al presidente a promulgar un decreto asignando a la Registraduría los recursos para contabilizarla tal como se hizo con el Mandato por la paz, la vida y la libertad, en las elecciones de octubre de 1997. Este procedimiento de “Mandato Ciudadano” no tiene el carácter vinculante de las formas de participación constitucionalmente establecidas, pero como lo señaló la sentencia de la Corte Constitucional sobre el mandato de 1997, adquiere un significado político mayor que obliga a todas las autoridades y funcionarios a considerarlo para la definición de normas y políticas públicas.

El Mandato por la Paz, la Vida y la Libertad, es una exhortación del pueblo a los órganos del poder y a los ciudadanos para que conformen su acción y su conducta a los principios políticos consignados en el Preámbulo y muy específicamente a la directriz contenida en el artículo 22, que prescribe: «La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.» Tal deseo, respaldado por una votación tan significativa, tiene un indudable valor político y un fuerte contenido moral, y debe obrar a modo de pauta orientadora de la actividad legislativa, gubernativa y judicial, lo mismo que de propósitos y metas de los ciudadanos, pero no es posible, constitucionalmente, erigirlo en parámetros obligados para confrontar con ellos el contenido de las leyes, mucho menos si éstas son anteriores a él y han sido ya objeto de análisis y de pronunciamiento de constitucionalidad por parte de la Corte. Considera la Corporación que no le asiste razón a la demandante, pues el Mandato por la Paz, la Vida y la Libertad, por las razones que se dejan expuestas, no es una norma jurídica y, mucho menos, puede considerarse como un acto reformatorio de la Constitución. (Sentencia C-339/98).

En 2010, una amplia alianza social y política intentó realizar un Mandato exigiendo acuerdos humanitarios y negociaciones de paz pero el Consejo Nacional Electoral se opuso ante el veto de algunos de los partidos oficialistas allí representados. De modo que esa ruta de pedagogía e incidencia política requiere altos niveles de movilización y pactos políticos  amplios. Una iniciativa como la Tercera Papeleta sólo tiene posibilidad de ser instrumento de protesta y presión por el cambio si es sustentada por la Minga étnica, campesina y popular, el Comité de Paro, las primeras líneas, las mesas locales y regionales formadas desde el 28 de abril, los promotores de pliegos y pactos en medio de la protesta, entre otros.

En la situación post paro en Colombia siguen activas las dinámicas de la movilización social pero los mecanismos institucionales de participación están bloqueados para acciones que cambien los pilares del régimen, incluido el poder corrupto, clientelista, el modelo de inequidad, las mafias incrustadas en las instituciones, los para y narco políticos y las múltiples alianzas contra la paz. Tal vez la propuesta de tercera papeleta con las exigencias disruptivas del paro pueda servir de conector entre la inconformidad y la política, entre la democracia de la calle y las campañas electorales alternativas al régimen.

Esta reseña de iniciativas  post paro, agenda legislativa, consulta y papeleta joven, muestran la dificultad de encausar la protesta e insubordinación social en mecanismos participativos hoy altamente controlados por el Congreso de la República y la coalición de gobierno. El esfuerzo de reducir al mínimo los contenidos de las exigencias contenidas en por lo menos 7 pliegos de exigencias presentados en el Paro Nacional, puede terminar siendo inútil y contraproducente. Cuando se convierte el pacto en el objetivo y las demandas transformadoras se disuelven, o se colocan en segundo plano, se debilitan los movimientos de protesta y de cambio político. Por el contrario el objetivo, que puede sintetizarse en formulas básicas, es el que ordena posibles pactos, alianzas, estrategias y procedimientos.

Tal vez la mirada estratégica de la situación debe partir de que ya se configuró un pacto por la vida entre los sectores que se expresaron en las movilizaciones en ascenso desde la firma del acuerdo de paz, en las jornadas de 2019, 2020 y en el Paro Nacional iniciado el 28 de abril de 2021. El alcance transformador de lo que sigue, y de nuevos pactos, depende de consolidar las alianzas que de hecho se constituyeron y de fortalecer las expresiones organizativas y de poder democrático tejidas en la protesta y en las resistencias.

Esa democracia directa y participativa de las asambleas comunitarias, de la Minga étnica, campesina y popular, de los artistas e intelectuales, de los movimientos societales ambientalistas,  de mujeres, de LGTBI, de los movimientos políticos alternativos al régimen, y todas las primeras líneas, son los sujetos transformadores que pueden sustentar las alternativas políticas en este periodo.

Los debates sobre un proceso Reconstituyente para un nuevo pacto en esta década

Ni el gobierno ni los voceros de los agrupamientos más visibles del Paro Nacional 28 A-M-J han presentado como salida a la actual crisis la convocatoria a una Asamblea Constituyente al estilo de lo ocurrido en Chile cuando el levantamiento de 2019. Por el contrario, al cumplirse el 5 de julio los 30 años de la promulgación de la Constitución Política de Colombia en la Constituyente de 1991, son muchas las voces que llaman a oponerse a la idea de Constituyente y a buscar en cambio su reconocimiento como gran contrato de sociedad y norte para nuevos pactos de convivencia.

Pero al mismo tiempo desde varias esquinas se muestra que el marco institucional vigente necesita lo que voceros de la Minga han llamado un proceso Reconstituyente, con mayúscula, que complete la tarea de la Asamblea de 1991 y le salga al paso a la imposición de un régimen autoritario que se superpone al Estado Social de Derecho y avanza en el camino de la contrareforma, la negación de la paz y la imposición de gobiernos basados en estados de excepción de hecho o legalizados. Desde el Centro Democrático se ha hablado en algunos momentos de una constituyente para reformar la justicia, pero esa idea no ha entrado en consideración en medio de la insubordinación de 2021 y de las respuestas desde la coalición de gobierno.

En Chile las movilizaciones sociales que se desencadenaron a partir de demandas mínimas como las tarifas del metro de Santiago condujeron al enfrentamiento a las políticas del gobierno y de allí al choque con las herencias aun vigentes de la dictadura de Pinochet. Se dio un transcrecimiento de reivindicaciones y el encadenamiento de exigencias de mejora en las condiciones económicas para adquirir en la cúspide de las confrontaciones y de la crisis de ingobernabilidad un contenido político de redefinición de la organización del Estado y de las garantías para la efectiva realización de los derechos. La movilización social se integró con la oposición política pacífica y radical al gobierno neoliberal y al pinochetismo sobreviviente.

El proceso que llevó en Chile a la Convención Constituyente elegida en mayo de 2021, se agigantó con el levantamiento ciudadano de octubre de 2019 después de tres décadas de debates sobre la necesidad de reemplazar la constitución de 1980 que promovió Pinochet y se impuso como base para la transición a la post dictadura. La iniciativa de nueva constitución estaba en la agenda del Congreso chileno y de los partidos no pinochetistas cuando estalló la protesta encabezada por los jóvenes y respaldada por partidos políticos. Fueron esos partidos los que firmaron el pacto en diciembre de 2020 con la ruta para convocar a la convención constituyente.  

En Colombia las iniciativas de convocatoria a otra constituyente han sido debatidas en la última década en circunstancias extremas. En las conversaciones iniciadas en La Habana entre el gobierno y las FARC EP en 2012, se debatió la idea de llevar a una Constituyente los acuerdos de paz para su refrendación y para la construcción de la institucionalidad básica de su implementación. Esa opción fue descartada y el gobierno impuso la realización de un referendo que resultó fallido. También se ha considerado la hipótesis de convocatoria a una Constituyente para una segunda ronda de acuerdos de paz que cierren definitivamente las confrontaciones armadas con el ELN, con otros reductos insurgentes y, de otro lado, con los sectores del régimen que persisten en iniciativas de guerra y de paramilitarismo.

Las propuestas de Constituyente hechas desde el Centro Democrático han sido reacciones ante el avance de procesos judiciales por parapolítica o investigaciones por complicidad con el paramilitarismo. Así ocurrió en 2020 cuando, por unos días, fue privado de la libertad el expresidente Álvaro Uribe Vélez. En ese momento el CD propuso en declaración oficial una Constituyente para reformar el sistema de justicia, y en particular a las cortes, con la idea de crear una sola corte y licuar de paso procesos penales incomodos. En palabras de la senadora Paloma Valencia,

“Se necesita una constituyente para crear una corte única que permita unificación, claridad y anule el sentimiento de trampa que muchos colombianos piensa. Una sola corte con magistrados íntegros donde no haya ninguna puerta giratoria con la política y que renuncien a cualquier vínculo electoral”.[9]

Al momento del Paro Nacional del 21 de noviembre de 2019 y de las protestas en la mayoría de las ciudades de Colombia, el alcalde electo de Medellín habló de la posibilidad de una constituyente como alternativa a la crisis. En la carta dirigida al presidente Iván Duque, Daniel Quintero señaló que la Conversación Nacional entonces convocada debería considerar la convocatoria a una constituyente,

«El andamiaje institucional actual no permite llevar a cabo las reformas que requiere el país. La gente está en la calle porque siente que merece un futuro diferente. Las regiones están atrapadas en un modelo centralista; el Congreso ha fallado en reformarse; la justicia está estancada y los escándalos de corrupción no paran. El campo lleva décadas esperando reformas que le permitan desarrollarse; el desempleo aumenta y los empresarios encuentran todo tipo de barreras para crecer».[10]

A diferencia de la situación en Chile, en Colombia la Constitución Política de 1991 es defendida por los partidos de oposición, independientes e incluso por casi todos los de la coalición de gobierno como pacto marco de la sociedad. Los sectores democratizantes que quieren fortalecer el Estado Social de Derecho temen que una constituyente, así sea pensada para un temario parcial, una vez en funcionamiento cobre mayor autonomía y se pongan en peligro logros democráticos que siguen vivos en la Constitución del 91.

Ronda el fantasma del referendo de 2016 cuando por estrecho margen ganó el No al pacto de paz firmado en La Habana y Cartagena en julio de ese año y algunos sectores que fueron decisivos en la asamblea constituyente temen volver a barajar las cartas en un escenario incierto.

Antonio Navarro Wolf (2021), quien fuera presidente de la Asamblea Constituyente, expresa recurrentemente esos temores y en esta ocasión volvió a advertir que “La idea de que una asamblea constituyente ‘siempre’ produce reconciliación es equivocada. Fue cierta en 1991, pero hoy puede ser más polarizadora, con consecuencias en la Constitución, no es una buena idea”.

Detrás de afirmaciones se concluye con razón que no corresponde a este periodo histórico matar la Constitución Política de 1991, pero esa buena tesis no puede obviar la necesidad de hacer una valoración de la crisis institucional y de ingobernabilidad que se ha mostrado en medio de la pandemia y la catástrofe social, ni tampoco de las dimensiones de la insubordinación social y sus potencialidades transformadoras. Con frecuencia prima la percepción pesimista de la continuidad de un panorama de equilibrio de fuerzas o de predominio político de los partidarios de la contrareforma. Asalta el temor de que se facilete el plan de la ultraderecha en Colombia  que ha sido explicita en el propósito de refundar la patria cambiado la misma constitución, desmontando las cortes, estableciendo un congreso clientelista unicameral, fortaleciendo la privatización de lo público y el corporativismo, imponiendo los principios ultra conservadores sobre la familia, los temas sexuales, el prohibicionismo, la eutanasia, el laicismo, las restricciones a la libertad, los avances en democracia participativa y derechos étnicos, las soluciones negociadas para la solución de conflictos armados y construcción de paz, la justicia transicional,  etc, etc.

Todos esos temores no logran negar que en Colombia se está gestando un proceso Reconstituyente, aunque una constituyente no tiene cabida en la coyuntura actual. En medio de la crisis actual se ha mostrado la vigencia y fortaleza de la Constitución Política y también la necesidad de una nueva ola de reformas de fondo que cierren las grietas abiertas por el régimen autoritario y  los sectores neoconservadores/neoliberales. Se esta gestando lo que llaman los académicos un “momento constituyente” con potencialidades en lo que resta de esta década y cuyo desenlace dependerá de la dimensión de la movilización social, de los resultados electorales y de las respuestas a la recesión y catástrofe social y económica en medio de la pandemia y en la postpandemia.[11]

Ese proceso Reconstituyente puede ser impulsado en el próximo cuatrienio por una gran alianza que parta de reconocer los avances de la Constitución de 1991 y la necesidad de darle mayor fuerza al Estado Social de Derecho y a la democracia participativa de solidaridad.

Como ha señalado Armando Novoa García, exmagistrado y expresidente de la Comisión Legislativa de 1991,   “a pesar de que tenemos 55 reformas, salvo la de la reelección inmediata ninguna ha logrado quebrarle la columna vertebral a la Constitución. Le han quebrado unas vértebras, pero no la columna vertebral en su conjunto”. Novoa no desconoce la posibilidad de procesos constituyentes o de una “nueva ola constitucional” en la próxima década:

“Siguiendo la idea de Bruce Ackerman, he dicho que no todo momento constituyente desemboca en una nueva constitución. Un momento constituyente- como el caso colombiano- puede desembocar en un reclamo para que se aplique la Constitución vigente y por eso la particularidad nuestra de que hay que hablar de gobiernos “constituyentes”.

Aplicar la Constitución vigente es un punto de partida pero el otro parte de reconocer que la Constitución ha caído en manos del régimen y su presencia en la vida de la sociedad ha quedado en asuntos clave al arbitrio de gobiernos de turno. Siguiendo la metáfora de Novoa, a la columna vertebral de la constitución le han quebrado varias vertebras y al cuerpo entero le han disminuido funciones por lo que requiere una rehabilitación y piezas nuevas para que se complete la tarea iniciada en 1991 de edificar en el Estado Social de Derecho y la democracia participativa y de solidaridad capaz de superar el régimen que dejó incólume la constituyente de 1991, como advirtieron en su momento los constituyentes Álvaro Gómez Hurtado y Carlos Lleras de la Fuente. Durante 30 años hemos repetido la advertencia que ellos hicieron cuando dijeron que “hemos cambiado la constitución pero no el régimen”, ahora “le entregamos el niño a Herodes”.  

Entre paréntesis. La categoría régimen se refiere a la alianza hegemónica del poder económico, político, mediático, cultural que agrupa a la elite del establecimiento integrada por partidos, grandes empresarios, dueños de medios de comunicación masiva, mafias, lavadores de activos, intelectuales orgánicos y burócratas al servicio de corporaciones. Una definición similar tenía Álvaro Gómez Hurtado quien decía que “hay países que, por encima del orden constitucional, crean un régimen. Lo que los anglosajones llaman “establecimiento”. Se trata de un sistema de aprovechamiento de posibilidades de mando y de los gajes del poder que crea una superestructura de connivencias, que maneja la política e influye en todos los vericuetos de la vida civil. Está constituido por entidades privadas, por grupos no regulados, por compromisos económicos y también por instituciones que integran el sistema constitucional. Todos ellos participan, no en virtud de su importancia, sino de la magnitud de los provechos repartidos. No es un conjunto de solidaridades lo que les da cuerpo, sino un conglomerado de complicidades” (Gómez A, 1995, El gobierno esta “preso” del régimen)[12]

No hay que olvidar que la Constitución Política de Colombia resultó como un pacto entre diversos entre los cuales pusieron su sello los socialdemócrata -liberales, los socialconservadores, los neoliberales y el clientelismo bipartidista. En medio de la crisis, la constituyente aprobó una nueva carta política modernizante, democratizante y de vanguardia en el continente, que enterró a la que estuvo vigente y fue remendada desde 1886. Sobre sus virtudes se ha escrito mucho y ha sido referente en los procesos constituyentes en varios países de Latinoamérica.

También se ha escrito sobre sus limitaciones tal como lo reseñamos en el libro Memorias de la Democracia, a los 20 años de la Asamblea Constituyente[13]. Pero se ha escrito menos sobre la neutralización de muchos de los principios y normas socialdemócratas- liberales en 30 años de gobiernos y Congresos con hegemonía del régimen clientelista, corporativista, neoconservador/neoliberal. Las conquistas sociales y democráticas plasmadas en la Constitución de 1991 son muchas y han sido defendidas por movimientos, partidos y por los controles de la Corte Constitucional y de otras cortes. Pero por los intersticios neoliberales y de captura corporativa se han multiplicado reformas constitucionales y leyes que han sido la realidad dominante de los gobiernos.

La ola contrareformista que dominó hasta 2016 ha sido contrarestada por el constitucionalismo de paz y el andamiaje legal que definió el acuerdo de paz de 2016. Podría decir que el proceso Reconstituyente tiene en su ruta crítica los ajustes constitucionales y legales que se diseñaron en ese pacto de paz para ampliar la democracia, el reformismo social y garantizar justicia,  verdad, reparación y garantías de no repetición. A esa ruta le faltan señales importantes para la transición a una paz más completa, estable y duradera.   La agenda de cambios institucionales para la paz sigue pendiente en muchos aspectos y se ha convertido en otro campo de antagonismo entre las fuerzas progresistas democratizantes y las promotoras de la contrareforma.

En la crisis actual se han mostrado las consecuencias de un ejercicio del poder en contravía del Estado Social de Derecho que se definió como columna vertebral del ordenamiento institucional en Colombia. Lo que está primando es el desequilibrio de poderes y la reproducción  de gobiernos sustentados en la imposición del poder ejecutivo y de los partidos del régimen.

Las normas sobre la elección de magistrados, funcionamiento de los órganos de control, Defensoría del Pueblo, Procuraduría General de la Nación y la Fiscalía General de Nación se han mostrado tolerantes con la subordinación al ejecutivo, al clientelismo y a la jerarquía de los partidos de gobierno.

El autoritarismo se ha entronizado convirtiendo en norma políticas de seguridad para la guerra a viejos y nuevos enemigos internos y externos.

La fuerza pública de conjunto se ha militarizado y se ha hecho evidente la insuficiencia de la definición constitucional sobre competencias, justicia y controles de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

La justicia continua en crisis crónica sin lograr superar la ineficiencia, desequilibrios del sistema y los altos índices de impunidad. La crisis de la justicia no se podrá superar sin una reforma democrática de la rama.

La impunidad es la regla para los aforados que llegan a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, para los civiles poderosos responsables de crímenes de estado, de guerra y lesa humanidad.

La garantía de los derechos humanos ha quedado al arbitrio de las reglas fiscales manejadas por el ejecutivo y está condicionada por el andamiaje legal neoliberal declarado exequible.

El ordenamiento territorial y la efectiva descentralización han sido postergados. Con maniobras legales y hasta con decretos se impone el centralismo y de atenta contra la territorialidad étnica.

La obligación de la paz y de la implementación de los acuerdos firmados, es sustituida por los programas de partido y la reiteración de estrategias de guerra.

El sistema electoral es controlado por los partidos de gobierno y dominado por el clientelismo, las mafias y la corrupción.  

La corrupción, el poder de las mafias y del paramilitarismo, que forman parte del régimen, siguen en el ADN del ejercicio del poder del Estado sin ser contrarrestados con instrumentos constitucionales y legales suficientes.

El Estado corporativo y la captura de las instituciones por los poderes económicos se ha impuesto por encima de la democracia representativa y son insuficientes los mandatos constitucionales y legales de equidad, de la democracia en los medios de comunicación, de progresividad de la tributación y de la no corrupción en los grandes contratos del Estado.

No puede dejarse de lado el que la crisis múltiple que se ha expresado en las movilizaciones de los últimos años y en el Paro Nacional de 2021, incluye el choque del andamiaje institucional y del régimen con la necesidad de responder a los problemas de la salud y la vida frente a las pandemias y catástrofes que precipitan esta civilización depredadora. El conservadurismo niega la urgencia de responder con nuevos instrumentos institucionales a los problemas del cambio climático, a la contradicción exacerbada entre el modelo de globalización multinacional neoliberal y la Madre Tierra, o si se quiere la biosfera y la vida en el planeta.

En Colombia, como en muchos países, las instituciones, regímenes y gobiernos que han mantenido la hegemonía están en crisis ante la emergencia de movimientos societales transformadores como los de la mujer y la diversidad sexual, los ambientalistas, los defensores de los derechos étnicos, la revolución anti hegemónica de la inteligencia y el conocimiento.

Todo este panorama muestra la urgencia en Colombia de nuevos pactos sociales respaldados por cambios constitucionales y legales.

En esta coyuntura no puede olvidarse tampoco la existencia de fuertes tensiones por los intereses en juego desde el contrareformismo de ultraderecha que pretende lograr las mayorías suficientes para cambiar pilares de la carta política, controlando no solo el Congreso de la República sino también la Corte Constitucional mediante reemplazos con magistrados más afines a sus proyectos de “refundación de la patria”.

El contrareformismo tiene en la mira los acuerdos de paz suscritos en 2016, el desmonte del sistema de justicia transicional incluida la Jurisdicción Especial para la Paz, las garantías políticas para los reincorporados, las reformas de apertura democrática, de reforma rural integral, la propiedad colectiva, el capítulo étnico y políticas sobre el problema de las drogas.   

El proceso constituyente se pondrá al orden del día en el próximo cuatrienio, como contrareforma si en las elecciones se da un triunfo de la alianza entre la derecha y la ultraderecha, o como Reconstituyente si la balanza se inclina a la izquierda y centro izquierda tanto en las presidenciales como en las elecciones de congresistas. La mejor opción es un nuevo reformismo en los marcos de la actual constitución. El mecanismo puede ser por tramite ordinario de leyes reconstituyentes de contenido socialdemócrata – liberal,  de actos legislativos democratizantes como los definidos en el Acuerdo de Paz y otros en la línea de profundizar la democracia. También cabe pensar, en un escenario de alternancia o pacto democrático y de paz, en  la convocatoria a una asamblea constituyente parcial según los términos que define hoy la Constitución Política de Colombia.

Cabe recordar que el artículo 376 de la Constitución Política establece que,

Mediante ley aprobada por mayoría de los miembros de una y otra cámara, el Congreso podrá disponer que el pueblo en votación popular decida si convoca una Asamblea Constituyente con la competencia, el período y la composición que la misma ley determine.

Se entenderá que el pueblo convoca a la Asamblea, si así lo aprueba, cuando menos, una tercera parte de los integrantes del censo electoral. La Asamblea deberá ser elegida por el voto directo de los ciudadanos, en acto electoral que no podrá coincidir con otro. (…).

Esto significa que toda iniciativa de Asamblea Constituyente requiere un pacto político que permita la aprobación de la ley de convocatoria por mayorías calificadas de ambas cámaras y que indica el temario y alcance de las reformas debe pasar por el control de la Corte Constitucional de modo que sea declarada ajustada a los mandatos de la constitución vigente.

Se entiende que en Colombia no existe un procedimiento constitucional para derogar la constitución de 1991 ni para introducir artículos que impliquen su sustitución. No hay que olvidar que la Corte Constitucional declaró inexequible la ley de convocatoria a un referendo, aprobada por el Congreso de la República para instituir la reelección presidencial por segunda vez.

En la sentencia C- 141/10 la Corte indicó que esa institucionalización de la segunda reelección significaría una “sustitución constitucional” y el desequilibrio completo de los poderes públicos.

De modo que en Colombia sólo es posible un cambio de Constitución, para aprobar una nueva, mediante un golpe de Estado o un acto revolucionario extra institucional. Esas opciones extremas no están al orden del día. Pero desde la ultraderecha algunos piensan que pueden llegar a una nueva constitución debilitando el control de la Corte Constitucional de modo que deje pasar reformas sucesivas que vayan desnaturalizando la vigente.

Todos los caminos conducen a la misma conclusión: se abre paso en Colombia un proceso Reconstituyente que puede llevar a la adopción de las reformas legales y constitucionales, necesarias para superar la crisis crónica y múltiple que vive Colombia. Y ese proceso depende en primer lugar de la continuidad de la movilización social y de movimientos societales que se concreten en nuevas acciones multitudinarias y en la multiplicación de poderes desde la base de la sociedad. En segundo lugar el proceso Reconstituyente requiere pactos políticos que se logren en sintonía con la movilización social y al unísono de la crisis del régimen y del debilitamiento de las fuerzas de la ultraderecha. Si en las elecciones de 2022 no se expresa un cambio sustancial en la relación de fuerzas, antes de llegar a un momento constituyente democratizante se pasará por una fase de desequilibrios y fluctuaciones caóticas y por tentativas de contrareforma y recomposición del régimen con exacerbación de violencias.

camilogonzalezposso@gmail.com


[1] Presidente del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz . Exministro de Estado.

[2] Resumen de datos en: https://ail.ens.org.co/wp-content/uploads/sites/3/2021/06/9-06-21-Informe-presentado-por-el-Comite-Nacional-de-Paro-a-la-CIDH-9-de-junio-de-2021.pdf; ver también el informe de Indepaz y Temblores ONG a la CIDH en https://indepaz.org.co/informe-de-temblores-ong-e-indepaz-a-la-cidh/

[3] En el artículo El paro después del paro intento mostrar la matriz de procesos que podría ayudar a una comprensión integrada de la insubordinación social en Colombia en 2021. Se puede consultar en www.indepaz.org.co y en https://indepaz.org.co/colombia-en-el-borde-del-caos-puede-evitar-otra-guerra/

[4] Ministerio de Hacienda y Crédito Público, 2021, Proyecto de Ley de inversión social. Consultar en https://cuestionpublica.com/descarga-el-texto-del-proyecto-de-ley-de-la-nueva-reforma-tributaria-de-ivan-duque/

[5] Caracol TV, 2021, Entrevista de Alejandra Villamizar al precandidato presidencial Juan Carlos Echeverri.

[6] Novoa Armando, 2021, consulta ren https://indepaz.org.co/30-anos-despues-a-pesar-de-55-reformas-la-constitucion-del-91-mantiene-su-identidad/

[7] Consultar en https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=65335

[8]

  • Tramite obligatorio y concertado en un diálogo genuino de normas que den respuesta a los pliegos presentados en el paro por los diversos sectores.
  • Disolución del ESMAD y reforma de la policía que garantice su carácter civil, la desmilitarización, respeto a los derechos humanos y adscripción al Ministerio del Interior.
  • Acogida de buena fe de las recomendaciones de la CIDH y de organismos internacionales sobre la garantía al derecho a la protesta, el rechazo a la violencia y al uso desproporcionado de la fuerza por parte del Estado.
  • Implementación integral del Acuerdo Final de Paz, asignado a todos sus componentes los recursos y presupuesto necesario para acelerar y actualizar la ejecución. Avance en la ruta de solución pacífica negociada y de construcción de una paz más completa. Defensa del Sistema Integral de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición y de la restitución de tierras y bienes a los campesinos y pueblos étnicos desposeídos.
  • Cambio del modelo extractivista neoliberal y de energía fósil. Adopción de la agenda urgente de respuesta al cambio climático, descarbonización, no deforestación, defensa de la Amazonía y las Zonas de Reserva Forestal.
  • Reforma que garantice el derecho a la salud en condiciones de equidad, igualdad, universalidad, reemplazando la ley 100 de 1994.
  • Reforma Tributaria democrática para responder a la crisis y al transito a la postpandemia sin nuevos impuestos a los sectores más empobrecidos, ni a la clase media y para fortalecer la pequeña y mediana empresa, obras públicas y planes de empleo, educación, salud, vivienda y seguridad social.
  • Plan de urgencia social que incluya una renta básica para las familias en pobreza monetaria extrema y medidas especiales de seguridad alimentaria, prevención y protección frente a la pandemia y la crisis social.

[9] Paloma Valencia, agosto 4 de 2020. Consultar en https://www.elpais.com.co/politica/centro-democratico-propone-asamblea-constituyente-para-reformar-la-justicia.html

[10] Daniel Quintero propuso una constituyente el 24 de noviembre de 2019. Consultar en https://www.semana.com/confidenciales-semanacom/articulo/daniel-quintero-propone-una-asamblea-nacional-constituyente/641925/

[11] Ver entrevista a Catalina Botero, No estamos en un momento constituyente. En https://www.semana.com/nacion/articulo/plebiscito-para-la-paz-catalina-botero-habla-de-marchas-estudiantiles/498010/ ; también Botero, Uprimny, Carrillo en Hora 20 de Caracol Radio, https://alacarta.caracol.com.co/programa/hora_20/?autoplay=false

[12] Citado en González C, 2012. Memorias para la democracia y la paz: veinte años de la Constitución Política de Colombia.  https://babel.banrepcultural.org/digital/collection/p17054coll4/id/2/

[13] González C, 2012. Memorias para la democracia y la paz: veinte años de la Constitución Política de Colombia.  https://babel.banrepcultural.org/digital/collection/p17054coll4/id/2/

 

Camilo Gonzalez Posso

Presidente del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz – INDEPAZ. Magister en Economía, Ingeniero Químico. Profesor en varias universidades entre 1968 y 1994, Ministro de Salud de la República de Colombia (1990 – 1992). Consultor del Ministro de Trabajo (2000 – 2002). Director del proyecto Centro de Memoria y Paz de Bogotá. Autor de varios libros, ensayos y artículos periodísticos dedicados a temas económicos, políticos o sociales de la construcción de democracia y paz.