El embudo minero: criminalizar al pequeño y proteger la ilegalidad del grande

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Con el Plan de Desarrollo 2010 – 2014, se pasó de la ilegalización a la criminalización de los pequeños informales o de hecho. Los artículos 107 y 108  de la Ley 1450/2010  establecieron que a partir de enero de 2012 las autoridades procederían al decomiso y destrucción de la maquinaria en minería sin titulo y registro en el catastro minero; y además se estableció la prohibición a cualquier comprador de adquirir productos mineros de minería informal, a riesgo de perdida de licencia u otras sanciones. En esa misma línea se emitió el decreto 2235 del 30 de octubre de de 2012 que hoy es rechazado por la movilización de los pequeños mineros.

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