Corte Constitucional tumbó prohibición para la minería artesanal

Por Indepaz

La Corte Constitucional decidió revivir la minería artesanal, la cual había sido prohibida por el Código de Minas, al considerar que actividades como el bareque no afectan el medio ambiente, y sí generan empleo para cientos de familias en regiones abandonadas como el Chocó y norte del Cauca.

El pronunciamiento lo hizo el alto Tribunal, al examinar una demanda contra el Plan Nacional de Desarrollo que pedía tumbar el control a la minería ilegal, por no consultar a las comunidades indígenas.

Al declarar exequible el referido artículo del Plan de Desarrollo, que establece la prohibición de utilizar maquinarias como retroexcavadoras y dragas para la minería ilegal, la alta Corte derogó una norma del Código de Minas, bajo el argumento de que no se les puede prohibir a las comunidades la explotación manual de minerales como el oro.

Actualmente, hay varias comunidades indígenas que viven del barequeo, del lavado de arenas por medios manuales sin ninguna ayuda de maquinaria o medios mecánicos, con el objeto de separar y recoger metales preciosos.

En la decisión, la Corte le recordó al Congreso que tiene que legislar sobre varias de las disposiciones declaradas como inexequibles el año pasado en el Código de Minas, por no consultar a las comunidades indígenas, pues la sentencia tiene efectos diferidos hasta el próximo año, cuando cobrará vigencia.