El artรญculo 173, numeral 4, de la Constituciรณn establece como funciรณn especial del Senado de la Repรบblica la de โpermitir el paso de tropas extranjeras por el territorio de la Repรบblicaโ. Ademรกs el art. 189, numeral 7, dice que el Presidente de la Repรบblica tiene la funciรณn excepcional de โpermitir, en receso del Senado, previo dictamen del Consejo de Estado, el trรกnsito de tropas extranjeras por el territorio de la Repรบblicaโ. Si se lee el acuerdo se concluye que se trata de permitir el ingreso y sobrevuelo de aeronaves (Art. V) – y aunque parezca el Senado no estรก en receso –
baje aquรญ el acuerdoย